¿Que es la FM3 Residencia Temporal con permiso de trabajo?
De acuerdo al "AVISO por el que se publican las formas migratorias FM1, Formato de Filiación que deben llenar los extranjeros para el trámite de expedición de formas migratorias FM2 y FM3", publicado el 29 de Junio de 2005 en El Diario Oficial de la Federación, el FM3 es el formato que se entregaba a aquellos extranjeros que inmigraban para trabajar en México de forma temporal. El nombre oficial era: FM3 (Documento Migratorio de No Inmigrante), este documento le otorgaba a los que lo poseían: una condición migratoria con permiso de trabajo, libre tránsito por toda la república mexicana, entradas y salidas de México, y todas las prerrogativas que la ley otorga a los residentes.
Sin embargo es importante entender que dicho "Aviso" FUE DEROGADO el 25 de Mayo de 2011, momento en que fue expedida la nueva "Ley de Migración" en el Diario oficial de la Federación de México, razón por la cual hoy su nombre ha cambiado a "Residencia Temporal con permiso de Trabajo", nombre que le da la nueva ley de migración mexicana.
La condición de estancia de RESIDENTE TEMPORAL CON PERMISO DE TRABAJO mexicana se conoce por diferentes nombres al rededor del mundo:
Visa de trabajo, en la mayor parte de sur américa.
Trabajador expatriado, en Europa y Estados Unidos cuando una empresa con filial en México desea enviar a un empleado a laborar a este país.
FM3 en la mayor parte de las empresas Mexicanas por falta de actualización legal.
Trabajador no inmigrado, en muchos países donde aún se usa como el nombre de las visas de trabajo.
Muchas personas aún se confunden con estos términos y por esto hemos decidido crear un artículo completo donde puedas entender ¿QUE ES LA FM3 (Residencia temporal con permiso de trabajo) Y COMO TRAMITARLA EN MÉXICO?
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TIPOS DE FM3 O RESIDENCIA TEMPORAL CON PERMISO DE TRABAJO
De acuerdo al Reglamento de la Ley de Migración Mexicana, existen tres formas de obtener una FM3 o Residencia Temporal con permiso de trabajo:
Por oferta de empleo.
Por ser Residente temporal y recibir una oferta de empleo.
Por ser Residente temporal y emprender un negocio como independiente.
Veamos cada una:
FM3 Residencia temporal con permiso de trabajo, POR CONTAR CON UNA OFERTA DE EMPLEO
Las empresas mexicanas tienen el derecho de allegarse de los mejores candidatos para cubrir los puestos laborales que necesitan, por lo que el gobierno mexicano les permite buscar candidatos en el extranjero para cubrir sus necesidades de la mejor forma posible. Así las cosas las empresas pueden contratar extranjeros con conocimientos especializados o personal de confianza. Para esto existe un procedimiento, ante el Instituto Nacional de Migración (INM), llamado Constancia de Inscripción de Empleador (CIE), que de acuerdo al artículo 166 del Reglamento de la ley de Migración tiene los siguientes requisitos:
I. Personas morales: a) Acta constitutiva o el instrumento público en el que se acredite la legal existencia de la persona moral, así como sus modificaciones; b) Instrumento público en el que conste el tipo de poder o mandato y las facultades conferidas a los representantes legales o a los apoderados si el acta constitutiva no los contiene; c) Identificación oficial vigente del representante o apoderado legal; d) Comprobante de domicilio de la empresa, cuya fecha de expedición no exceda de treinta días; e) Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y constancia emitida por autoridad competente, sobre la presentación de la última declaración de impuestos, y f) Lista de empleados y su nacionalidad.
II. Personas físicas: a) Identificación oficial vigente; b) Comprobante de domicilio cuya fecha de expedición no exceda de treinta días, y c) Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y constancia emitida por autoridad competente, sobre la presentación de la última declaración de impuestos.
Una vez se cuenta con una CIE vigente y autorizada, las empresas pueden emitir una oferta de empleo a favor de un extranjero para iniciar un procedimiento llamado "Visa por Oferta de Empleo" ante el INM, este evaluará si la oferta de empleo cumple las características que solicita la ley mexicana y si todo es correcto se emitirá un oficio donde se autoriza al extranjero, quien será contratado, a buscar en algún consulado mexicano una cita para entrevista y así solicitar su Visa.
Una vez que el Consulado de una cita al extranjero, este le solicitará que demuestre por medio de documentación los conocimientos que dice poseer para tomar la oferta de empleo en México, además de documentación personal y preguntas básicas sobre la empresa donde laborará. Si el Consulado evalúa que todo está en orden, entonces estampará en el pasaporte del extranjero una VISA por Oferta de Empleo, con la cual tendrá hasta 60 días para viajar con ella a México.
Y para finalizar el proceso: cuando el extranjero ingrese a México, podrá solicitar una tarjeta de residencia temporal con permiso de trabajo ante el INM.
FM3 Residencia temporal con permiso de trabajo, POR SER RESIDENTE TEMPORAL Y CONTAR CON UNA OFERTA DE EMPLEO
Existen condiciones migratorias que otorgan la Residencia Temporal a un extranjero, pero no así el permiso de trabajo. Por ejemplo alguien que contrajo matrimonio con mexicana o mexicano, o alguien que obtuvo su tarjeta por algún programa de regularización temporal del gobierno mexicano.
Para ellos, es posible tramitar el permiso de trabajo si una empresa mexicana, que cuente con CIE o que realiza el procedimiento para la obtención de CIE, emita una oferta de empleo a favor de el extranjero. Con esta oferta de empleo es posible solicitar ante el INM una tarjeta de Residencia Temporal con permiso de trabajo. Esto se puede leer en el artículo 138 del Reglamento de la Ley de Migración que a la letra dice:
Artículo 138. La condición de estancia de residente temporal prevista en el artículo 52, fracción VII, de la Ley se podrá autorizar a la persona extranjera que demuestre alguno de los siguientes supuestos:...
II. Tener oferta de empleo en la que se indique la ocupación, temporalidad requerida, lugar de trabajo y los datos de la constancia de inscripción del empleador;
FM3 Residencia temporal con permiso de trabajo, POR SER RESIDENTE TEMPORAL Y EMPRENDER UN NEGOCIO COMO INDEPENDIENTE.
Aquellos extranjero que obtuvieron su tarjeta de residente temporal por medio del matrimonio o por medio de un programa temporal de regularización migratoria, es posible obtener un permiso de trabajo si se sustenta ante el INM que realizarán una actividad lícita y legal.
Por lo tanto deberán demostrar por medio de documentos del Sistema de Administración Tributaria (SAT) que cuentan con un registro empresarial válido. Con esta documentación el INM podrá emitir una tarjeta de residencia temporal con permiso de trabajo. Esto se encuentra de igual forma en el artículo 138 del Reglamento de la Ley de migración mexicana inciso III que a la letra dice:
Artículo 138 ...
III. Tener comprobante de la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, en caso de que pretenda realizar actividades remuneradas que no impliquen oferta de empleo, conforme a los datos y documentos previstos en las disposiciones administrativas de carácter general que emita la Secretaría y que serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación;
CONCLUSIONES
Es importante mencionar que en cualquiera de las dos últimas opciones anteriores la tarjeta de residente temporal con permiso de trabajo será emitida con la misma vigencia de la tarjeta original.
El permiso de trabajo, para un residente, es indispensable pues debe de contar con un método lícito de ganarse la vida, por derechos humanos no se puede prohibir a nadie el derecho al trabajo, por lo que, tratándose de extranjeros que ya viven en México siempre se podrá encontrar una solución para obtener el anhelado y necesario permiso de trabajo.
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Lic. Abraham Terán
DIAM S.C.
"Nadie es ilegal en este mundo"
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